Boletín Nº 92
25-10-2010
Los administradores de Marsans consideran que sus antiguos propietarios deben responder con su patrimonio personal
En un escrito remitido al Juzgado Mercantil nº 12 de Madrid por la administración concursal de Viajes Marsans, considera que la compañía vulneró de forma probable el plazo legal para presentar concurso voluntario y las circunstancias avalan que dicha solicitud es morosa, probable infractora del plazo del artículo 5 de la Ley Concursal.
Esta calificación implica que los gestores de la empresa son condenados a indemnizar a los acreedores por los daños y perjuicios causados –las deudas no pagadas por falta de patrimonio- y sufrir otras penas, como la inhabilitación para administrar bienes ajenos. Los administradores concursales sostienen que están analizando otros datos de presunción de concurso culpable, aunque rechazan pedir de momento medidas cautelares, como el embargo de bienes de los responsables o ex responsables de Marsans que fue vendida en junio a Posibilitum, sociedad especializada en liquidaciones.
JAFC
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