Boletín Nº 60
15-03-2010
Todos los pasajeros que viajen a EE.UU. deben solicitar a través de internet una autorización electrónica de viaje
Se trata de un requisito solicitado por el Departamento de Seguridad Nacional y el Servicio de Aduanas y Control de Fronteras de los Estados Unidos. Solo se puede cumplimentar desde la página web del departamento de seguridad de los Estados Unidos: https://esta.cbp.dhs.gov. La Autorización Electrónica de Viaje tendrá una validez de 2 años y podrá utilizarse para múltiples entradas a los Estados Unidos.
Desde el 20 de marzo de 2010, y a instancias del Departamento de Seguridad Nacional y del Servicio de Aduanas y Control de Fronteras de los Estados Unidos, los ciudadanos de los países participantes en el Programa de Exención de Visado a EEUU* que viajen o hagan tránsito por los Estados Unidos, tendrán que solicitar y obtener una Autorización Electrónica de Viaje (Electronic System for Travel Authorization – E.S.T.A.).
Cómo solicitar la Autorización : Solo se puede demandar a través de la página de Internet del departamento de seguridad de los Estados Unidos, https://esta.cbp.dhs.gov, donde hay que cumplimentar un cuestionario, disponible en español y otros 20 idiomas. Este trámite debe realizarse con una antelación mínima de 72 horas al inicio del viaje.
En la mayoría de los casos se recibirá una respuesta en cuestión de segundos confirmando la autorización para viajar a los Estados Unidos, aunque también se puede demorar la autorización hasta 72 horas. Una vez obtenida la autorización es conveniente imprimirla y conservarla junto al pasaporte.
Si la solicitud ha sido denegada, el pasajero deberá contactar con la Embajada de los Estados Unidos para gestionar la posible necesidad de un visado.
Validez: La Autorización Electrónica de Viaje tendrá una validez de 2 años y podrá utilizarse para múltiples entradas a los Estados Unidos. Si se producen cambios en la dirección de destino o en el recorrido a realizar, teniendo ya la autorización ya aprobada, el pasajero podrá modificar la Autorización a través de Internet. Y en el caso de cambiar de pasaporte deberá realizarse una nueva solicitud de dicha Autorización.
Países participantes en el Programa de Exención de Visado a EE.UU.
Alemania | Dinamarca | Irlanda | Mónaco | San Marino |
Andorra | Eslovenia | Islandia | Noruega | Singapur |
Australia | España | Italia | Nueva Zelanda | Suecia |
Austria | Finlandia | Japón | Suiza | |
Bélgica | Francia | Liechtenstein | Portugal | |
Brunei | Holanda | Luxemburgo | Reino Unido |
« Volver al listado de noticias del boletín