Boletín Nº 171

30-04-2012


Tipo noticia

La Audiencia Nacional confirma que el sistema de incidencias de Iberia es legal

Desestima la demanda del Sepla y da la razón a Iberia. Según sentencia de la Audiencia Nacional conocidael pasado día 23 de abril. La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional confirma que la programación de servicios de vuelo e imaginaria en situación de incidencias se ajusta, tanto a la normativa aeronáutica, como al convenio colectivo de IBERIA y sus Tripulantes Técnicos. En el año 2012, un total de 7 pilotos han sido despedidos por la compañía por negarse a atender servicios en situación de incidencias.

PilotosLa Sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, dictada el pasado 20 de abril de 2012, en la que se confirma que el sistema de incidencias de Iberia es acorde con el Convenio Colectivo y también con la normativa aeronáutica, y por lo tanto se ajusta a derecho, desestimando la demanda del Sepla.

La sentencia confirma que la Instrucción Temporal del Manual de Operaciones de la Compañía -dictada a requerimiento de AESA (Agencia Estatal de Seguridad Aérea)- cumple con todo lo previsto en el Convenio Colectivo. En la citada Instrucción Temporal, Iberia se limita a trasladar al lenguaje aeronáutico la programación de los servicios en el mes de incidencias (mes en el que los pilotos no tienen programado ningún vuelo pero están a disposición de la compañía para cubrir las necesidades de vuelos).

Asimismo, la sentencia confirma que la Instrucción Temporal se ajusta a lo previsto en la normativa comunitaria y estatal en materia de régimen de trabajo y descanso.

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