Boletín Nº 100

20-12-2010


Tipo noticia

El Senado impone la prohibición total de fumar en los establecimientos de hostelería, pero permite ampliar las maquinas expendedoras de tabaco

El Pleno del Senado rechazó las enmiendas presentadas por el PP, que contemplaban las Zonas para Fumar en establecimientos de Hostelería y retrasaban la entrada en vigor del endurecimiento de la ley antitabaco hasta julio de 2011.Esto significa que el texto finalmente aprobado en la Cámara Alta vuelve a recoger la prohibición total de fumar en restaurantes, cafeterías y bares, según había sido aprobada en el Congreso.

Antitabaco

El texto aprobado incorpora como, sin embargo, la excepción de  Zonas para Fumar sin servicio en casinos, bingos y salas de juego, y no en los bares y restaurantes, como se solicitaba desde la Federación Española de Hostelería. Esta medida se ha conseguido sacar adelante por los votos a favor del Partido Popular y CiU, que han contado con el apoyo del Grupo de Senadores Nacionalistas y el Grupo Mixto. Respecto a esta excepción, aprobada por el Senado, la Ministra de Sanidad, Leire Pajín, ha manifestado que desaparecerá del texto final y definitivo cuando la semana que viene sea votada la ley en el Congreso.

La moratoria planteada por el PP para la entrada en vigor de la norma hasta julio de 2011 tampoco ha salido adelante, y a falta de ratificar la semana que viene en el Congreso, la ampliación de la ley antitabaco entraría en vigor el 2 de enero de 2011.
Otra enmienda que se ha incorporado  al texto aprobado por el Senado y  se mantiene es la de compensar, mediante beneficios fiscales, a aquellos establecimientos que realizaron las reformas en cumplimiento con lo previsto en el artículo 8 de la Ley 28/2005.

Venta de tabaco en tiendas de conveniencia y quioscos

El Pleno de Congreso, con el apoyo del grupo socialista aprobó una enmienda transaccional que permite poner máquinas expendedoras en el interior de las tiendas de conveniencia de las gasolineras, así como la venta de cigarrillos sueltos.Asimismo se ha aprobado que las máquinas expendedoras puedan situarse en el interior de quioscos de prensa y en locales con vigilancia directa y permanente de uso por parte del titular o de sus trabajadores.

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